Unidad de Información Financiera
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Situaciones a tomar en cuenta por las Organizaciones Sociales
25 de febrero de 2016
,por Calabró, Horacio Miguel
1.
INTRODUCCIÓN
Entendemos por {“operación sospechosa”} toda operación, situación, omisión, intento, negativa a proporcionar información o documentación y actitud irregular de una persona física o jurídica actuando como aportante o donante incluida en las resoluciones reglamentarias de la Unidad de Información Financiera como hecho a ser informado por la entidad receptora de los fondos o activos.
Conceptualmente un hecho, actitud, procedimiento o circunstancia será {“sospechoso”} a juicio del observador cuando implique la posibilidad de estar involucrado en la... >
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14 de febrero de 2011
Establécense medidas y procedimientos, que la Administración Federal de Ingresos Públicos deberá observar, en relación con la comisión de delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo. Por medio de la presente norma se establecen las medidas y procedimientos, que la Administración Federal de Ingresos Públicos deberá observar, en relación con la comisión de delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo. >
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31 de enero de 2011
Establécense las medidas y procedimientos que las personas jurídicas que reciban donaciones o aportes de terceros deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, omisiones u operaciones que puedan provenir o estar vinculados a la comisión de los delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo. Por medio de la presente norma se establecen las medidas y procedimientos que deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, omisiones u operaciones que puedan provenir o estar vinculados a la comisión de los delitos de lavado de activos... >
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10 de agosto de 2010
Modificación de la Resolución Nº 310/2009 en relación con Directivas sobre la reglamentación del Artículo 21, incisos a) y b) de la Ley Nº 25.246.
A través de la siguiente norma se reemplaza el apartado 2.2.1., del punto III. del Anexo I de la Resolución Nº 310/2009 (U.I.F.) (texto según Resolución Nº 89/2010 U.I.F.), referidas a las operaciones sospechosas, modalidades, oportunidades y limites del cumplimiento de la obligación de reportarlas “Registros Automotor y Registros Prendarios”.La presente comenzará a regir el día 11 de agosto de 2010. >
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21 de julio de 2010
Resolución Nº 104/2010 U.I.F.(B.O. Nº 31.948 del 2010-07-21)
Procedimiento de Supervisión de Sujetos Obligados en el artículo 20 de la Ley Nº 25.246.. Por medio de la presente norma se aprueba la Reglamentación del Procedimiento de Supervisión del Cumplimiento de la Normativa de la U.I.F. por parte de los sujetos obligados enumerados en el articulo 20 de la Ley Nº 25.246. >
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22 de junio de 2010
Modificase la Resolución Nº 231/2009 (U.I.F.) en relación con las Medidas Abreviadas o Simplificadas de Identificación de clientes. Por medio de la presente norma se incorpora al Anexo I de la Resolución Nº 231/2009 (U.I.F.): "Medidas Abreviadas o Simplificadas de Identificación de clientes", lo siguiente, en el supuesto de tratarse de fondos provenientes de una entidad financiera de plaza, los sujetos obligados podrán presumir que dicha entidad verificó el principio de "conozca a su cliente". La presente resolución comenzará a regir el día 23 de junio de 2010. >
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22 de junio de 2010
Apruébese la Directiva sobre reglamentación del artículo 21 incisos a) y b) de la Ley Nº 25.246. Operaciones sospechosas. Modalidades, oportunidades y límites del cumplimiento de la obligación de reportarlas. Registros Automotor y Registros Prendarios. A través de la presente norma se aprueba la "Directiva sobre Reglamentación del articulo 21, incisos a) y b) de la Ley Nº 25.246. Operaciones Sospechosas. Modalidades, Oportunidades y Limites del Cumplimiento de la Obligación de Reportarlas "Registros Automotor y Registros Prendarios", que como Anexo I se incorpora a la presente,... >
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4 de marzo de 2010
Extiéndase el plazo establecido en la Resolución Nº 32/2010 en relación con la directiva sobre operaciones sospechosas, modalidades, oportunidades y límites del cumplimiento de la obligación de reportarlas. Registros Automotores y Registros Prendarios. Por medio de la presente norma se extiende nuevamente el plazo establecido en el artículo 4º de la Resolución Nº 310/2009 (U.I.F.) por noventa (90) días, el Reporte de Operación Sospechosa, la misma comenzará a contarse desde el vencimiento del plazo acordado por Resolución Nº 32/2010, lapso durante el cual se conformará una... >
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4 de febrero de 2010
Extiéndase el plazo establecido en el artículo 4º de la Resolución Nº 310/2009 en relación con la Directiva sobre operaciones sospechosas, modalidades, oportunidades y límites del cumplimiento de la obligación de reportarlas - Registros Automotores y Registros Prendarios.
Por medio de la presente norma se procede a extender hasta el 8 de febrero de 2010 la fecha de entrada en vigencia del régimen establecido por la Resolución Nº 310/2009 (U.I.F.) (Directiva sobre operaciones sospechosas, modalidades, oportunidades y límites del cumplimiento de la obligación de reportarlas -... >
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7 de diciembre de 2009
Resolución Nº 310/2009 (U.I.F.) (B.O. Nº 31.796 del 2009-12-07)
Directiva sobre reglamentación del artículo 21, incisos a) y b) de la Ley Nº 25.246. Por medio de la presente norma se aprueba la "Directiva sobre Reglamentación del artículo 21, incisos a) y b) de la Ley Nº 25.246. Operaciones Sospechosas. Modalidades, Oportunidades y Limites del Cumplimiento de la Obligación de Reportarlas. "Registros Automotor y Registros Prendarios", que como Anexo I se incorpora a la presente norma. Asimismo, se aprueba la "Guía de Transacciones Inusuales o Sospechosas de Lavado de Activos... >
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1 de mayo de 2009
,por Bertolot, Alicia
1. NOVEDADES TÉCNICAS
1.1. Proyectos de capacitación directa
La Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional dictó, con fecha 6 de mayo de 2009, la Disposición Nº 75/2009, publicada en el Boletín Oficial el 11 de mayo de 2009, por la cual se dispuso prorrogar hasta el 7 de agosto de 2009 la fecha para la presentación de proyectos de capacitación directa, prevista en la Resolución Nº 114/2006 del mismo organismo.
1.2. Directivas e instrucciones relacionadas al reporte de actividades sospechosas de financiación del terrorismo
La Unidad de... >
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1 de octubre de 2008
,por Bertolot, Alicia
1. NOVEDADES TÉCNICAS
1.1. Integridad de datos que involucren movimientos de depósitos
El Banco Central de la República Argentina dictó, con fecha 15 de agosto de 2008, la Comunicación {“A”} Nº 4.835/2008, publicada en el Boletín Oficial el 4 de septiembre de 2008. Esta comunicación establece que a los efectos de considerar la integridad de los datos que involucran el movimiento de las cuentas de depósitos, las entidades financieras deberán arbitrar los recaudos que permitan la identificación del depositante cuando éste no sea el cliente titular de la cuenta, en los... >
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Roles y Responsabilidades del Contador Público
1 de junio de 2007
,por Rodríguez, Raquel
1. INTRODUCCIÓN
En el artículo publicado en la revista Técnica Societaria, Concursal y Pericial Nº 11, [[{ Raquel Rodríguez ; “Lavado de Dinero y otros Delitos. Roles y Responsabilidades del Contador Público”, Técnica Societaria, Concursal y Pericial Nº 11, Aplicación Tributaria S.A..}]] procedimos a definir la figura del lavado de dinero, analizando luego cuáles son las funciones y responsabilidades del contador público con relación a este y otros delitos.
En esta oportunidad, procederemos a la presentación del modelos de informes sobre el reporte de operaciones... >
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Roles y Responsabilidades del Contador Público
1 de mayo de 2007
,por Rodríguez, Raquel
1. INTRODUCCIÓN
En primer lugar, se definirá la figura de lavado de dinero para luego analizar cuáles son las funciones y responsabilidades del contador público en relación a este y otros delitos.
Se ha definido al lavado de dinero como {“el procesamiento de ingresos delictivos a fin de encubrir su origen ilegal”}. [[{Grupo de Acción Financiera Internacional contra el Lavado de Dinero – G.A.F.I..}]]
Otra definición sostiene que:
{“El lavado de dinero implica el encubrimiento de activos financieros de modo que ellos puedan ser usados sin que se detecte la... >
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1 de mayo de 2007
,por Bertolot, Alicia
1. NOVEDADES
1.1. Entidades aseguradoras. Apertura de cuentas
La Superintendencia de Seguros de la Nación dictó, con fecha 6 de marzo de 2007, la Resolución Nº 31.773/2007, que se publicó en el Boletín Oficial del 9 de marzo de 2007, referida al cumplimiento de medidas cautelares ordenadas mediante oficio proveniente del Poder Judicial.
Esta resolución tiende a evitar que la medida ordenada, que es circularizada al universo de las entidades financieras, mediante un comunicado del Banco Central, se efectivice al mismo tiempo en todas aquellas entidades en las que las... >
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